viernes, 7 de agosto de 2015

Historia en cuanto a la Nulidad por ['parejil es'] fiarse de las Promesas electorales... infundadas

   
Desde hace 10 años aquí, cada vez se anuncia increíble 'buena nueva' para nuestro mejor "recuperarnos"... Aunque todos los Presupuestos Generales incrementaron, siempre Gastos, más que Ingresos: ¡hasta unos 100.000 millones casi, de media, en Déficits anuales! [ver Datos con PP.GG, al final]

Y luego -mientras por tales Deudas le pagamos crecientes intereses a la Banca- nos vuelven con lo del "recortarse Pensiones", para las que cotizamos toda una vida, ya. 
 
  Así nos cuestan más Ayudas al Empresariado, para sus 'Políticas -Activas- del Empleo'...
 .
'Cuando a principios de los años 70 estudiaba Leyes, las donaciones entre cónyuges eran nulas, por aplicación de una vieja regla del Derecho Romano en la que nuestro Código Civil sólo exceptuaba "los regalos módicos que los cónyuges se hagan con ocasiones de regocijo para la familia".
  
Para Ulpiano, esa prohibición evitaba que se pusiera precio al afecto conyugal así como el que su mutuo amor hiciese a los cónyuges "expoliarse"; para Cecilio, tales donaciones "podían dar origen a discusiones entre los cónyuges si el más rico no fuera generoso con sus regalos"; y Javaleno aducía un caso concreto de "compra del afecto": la mujer de Mecenas había obtenido valiosos regalos de su esposo bajo amenaza de divorcio.
  
En otros lugares y tiempos la limitación fue menos estricta. Así, el Fuero Juzgo prohibía las donaciones sólo durante un primer año del matrimonio (quizás porque pensaba que los recién casados seguirían encandilados); y en Francia las donaciones no eran nulas, sino tan solo revocables en vida. Pero la prohibición sufrió un golpe mortal en 1973, cuando la Corte Constitucional italiana la anuló porque era "discriminatoria contra los contrayentes", lo que llevó a que, cuando se reformó el Código Civil en 1981 por adaptarlo a nuestra Constitución de 1978, España también la derogara.
  
Paradójicamente, casi al tiempo, la misma Constitución española incluyó una limitación de la iniciativa parlamentaria que puso coto a otra "compra de afecto": del votante, por los partidos, políticos que aspiran a representarle.
  
Esta "compra del afecto" política es, en realidad, más peligrosa; pues los candidatos no empeñan su patrimonio propio, como se citaba que Mecenas hizo ya, sino recursos públicos, lo que les hará más dadivosos.
   
Además, en la vida política y en la política presupuestaria hay fuertes barreras informativas y elevados costes de movilización política, lo que favorece la pasividad de los expoliados, como explicó con elogiable claridad el gran sociólogo y economista italiano Vilfredo Pareto en 1897 en su 'Curso de Economía Política':
  
"La intensidad de acción, desarrollable por los hombres, no es nada proporcional a las ganancias y pérdidas que provocan sus acciones: 100 hombres a los que se prive, a cada uno, de 1 franco no se defenderán con tanto vigor como aquél a quien le mueva el deseo de apropiarse de 100 francos. Hará falta naturalmente un pretexto por tal apropiación, pero si se halla uno más o menos plausible, se puede asegurar que no será la resistencia de los expoliados lo que haga fracasar la operación" (par. 1046, Libro III).
   
Para ponerse freno a las promesas y dádivas por sus candidatos, grandes Democracias limitaron la capacidad de los congresistas para proponer gastos. La primera en hacerlo fue Inglaterra cuando en 1713, poco después de la Gloriosa Revolución, el Parlamento estableció que "las únicas enmiendas admisibles son aquéllas dirigidas a reducir las sumas solicitadas [por la Corona]", y no ampliándolas.
  
La regla se amplió luego a las bajadas de impuestos y fue por otros países extendida, incluyendo España, adonde llegó en 1918; tuvo reflejo en la Constitución de nuestra República y entre las normas franquistas, quedando así plasmada con el artículo 134.6 de la Constitución: "Toda proposición o enmienda que suponga un aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios requerirá la conformidad del Gobierno para su tramitación".
  
La limitación ha suscitado controversia, pues para unos tan sólo es aplicable a iniciativas tras aprobarse cada Ley de Presupuestos; mientras que según otros también limita las enmiendas al propio proyecto de ley sobre Presupuesto, sensata interpretación que hicieron suya los Reglamentos del Congreso y el Senado. En mi opinión, el artículo 134.6 no sólo debe aplicarse con el mayor rigor a cualquier iniciativa parlamentaria. Sino que su espíritu también debería respetarse para supuestos extraparlamentarios, otros en los que latiría ese mismo problema, por cuanto hace a cualquier compra de afectos políticos...
  
 
Así pues, ningún político respetuoso con el espíritu de la Constitución debe lanzar una campaña de recogida de firmas a favor de una bajada de impuestos o en contra de una subida, como hizo Esperanza Aguirre en 2010 cuando el Gobierno subió el IVA para frenar el déficit.
  
Por parecido motivo, cualquier promesa electoral implicando aumentos de gastos o bajadas del impuesto -esto es, que pudiere agravar nuestro Déficit público o impedir su reducción- debería considerarse "nula", como aquellas donaciones entre los cónyuges antes de 1981; o, al menos, revocable si quien las formula alcanza el Gobierno.
   
En realidad eso ya ocurre, para frustración de muchos ciudadanos ingenuos: así el presidente Zapatero, tras su conversión paulatina a la sensatez en mayo de 2010, tuvo que desdecirse de muchas medidas anteriores (como los célebres 400 euros por contribuyente... u otros por niños); en 2012, el Gobierno de Rajoy incumplió -radical, pero acertada, mente- las promesas de bajadas en impuestos, que había hecho durante su campaña electoral; y en Grecia, tanto el señor Tsipras como Syriza, han tenido que renunciar a las promesas económicas que les llevaron al poder.
  
Como señaló hace días un editorial periodístico, parece haberse iniciado en España ya otra nueva "subasta electoral", entre partidos políticos que concurrirán a las próximas elecciones generales y competirán por el afecto de los electores. En mi opinión, los ciudadanos debemos considerar cualquier promesa electoral que puede aumentar el Déficit o dificultar su reducción como un piadoso deseo, como una mera intención cuyo cumplimiento quedará condicionado a que por el nuevo Gobierno, tras estudiarla, se considere viable y autorice su tramitación parlamentaria.
  
No veamos en esa limitación una imposición desde la Unión Europea, de Alemania u otros Estados miembro del Euro, o de nuestros acreedores. Es tan solo un sensato mecanismo descubierto en albores de la Democracia, por el Reino Unido, poniendo coto a tendencias al Déficit presupuestario y dadivosidad por los políticos que la competencia electoral genera de forma espontánea en las democracias.
  
No hay nada malo, de partida, por incurrir en Déficit presupuestario un Estado; incluso durante los tiempos con recesión... Pero si ese Déficit continúa siendo [¡como aún, aquí, ahora!...] permanente y elevado, entonces, no nos engañemos:
 
Ello no es por estar el país siguiendo voluntariamente una política fiscal, 'anticíclica o keynesiana', sino al devenir otra cualquier fallida democracia cuya representación política resultaría incapaz del saberse conciliar los deseos de Gastos públicos entre quienes pudieren ser beneficiarios con disposiciones para pagar Impuesto en aquéllos llamados a sufragarlo.'
 
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Y la conclusión terminará siendo irrebatible, perfecta mente, para cuanta ciudadanía no rehúya leer las CUENTAS:
  

1 comentario:

  1. "La prueba más irrefutable de las FALSEDADES del discurso del Gobierno acerca de la recuperación económica y de que está intentando compensar a los ciudadanos por los sacrificios exigidos se encuentra en uno de los colectivos más castigados en estos años, los pensionistas, que comenzaron a perder poder adquisitivo aquel fatídico mayo de 2010 en que Zapatero, sin motivo, se rindió con armas y bagajes a Merkel. Los presupuestos que el Gobierno acaba de presentar establecen para las pensiones un incremento en 2016 del 0,25% y como la inflación, según prevé la OCDE, será del 1,4%, se vaticina ya para ese año una nueva pérdida de poder adquisitivo superior al 1%. Es decir, que por el momento se rebajan las pensiones en términos reales en más del 1%, rebaja que puede ser aún mayor si la inflación se desvía.

    El 0,25% es el menor incremento que las PENSIONES pueden tener según ese engendro de fórmula que se sacaron de la manga los expertos progubernamentales sin ninguna lógica ni sentido, y que la ministra de Trabajo santificó con la única finalidad de deprimir las pensiones hasta el infinito. La fórmula es una simple estratagema para engañar y disimular el objetivo que no es otro que ir deprimiendo las prestaciones públicas a favor de los fondos privados en los que tanto interés tiene la banca. Si cuando la economía crece cerca del 4% y la renta per cápita a un ritmo similar las pensiones tienen que continuar perdiendo poder adquisitivo, es evidente que ese va a ser su futuro año tras año.

    El Gobierno argüirá que se trata de salvar el sistema público de pensiones, pero este se salva y se potencia con más IMPUESTOS y no reduciéndolos, especialmente en los tramos altos (tal como ha hecho Montoro en la última reforma fiscal) ni eximiendo a los empresarios de pagar cotizaciones sociales. El pasado mes de marzo el Gobierno aprobó un límite exento de 500 euros por trabajador en las cotizaciones empresariales que, dado el nivel tan bajo de los salarios y la picaresca de declarar en los contratos únicamente una parte de las retribuciones totales, implica que la mayoría de los nuevos puestos de trabajo creados están exentos de pagar Seguridad Social. Esto, junto con la tarifa plana de 50 euros establecida para los autónomos el año anterior, explica que, a pesar de la tan cacareada creación de empleo, los ingresos de la Seguridad Social solo hayan crecido hasta junio un 0,77%, mientras la afiliación lo ha hecho en el 3,4% (...)

    La defensa de las pensiones estriba en exigir que sean todos los ingresos del Estado (incluyendo las cotizaciones) los que las financien en los niveles necesarios, pero no en sustituir cotizaciones por impuestos (por ejemplo, por IVA, tal como proponen los expertos de FEDEA) dejando las prestaciones en el mismo grado de precariedad. El resultado sería únicamente trasladar carga fiscal de los empresarios a los consumidores, es decir, a todos los ciudadanos.

    Por otra parte, nuestro nivel de cotizaciones (13% del PIB) está por debajo de la media de la EURO-Zona (14%) y a años luz de países como Holanda y Alemania (17%) y Francia (19%), e incluso Grecia nos supera ligeramente. ¿Hay que continuar bajando las cotizaciones sociales? Quizá aún más llamativo es lo relativo a impuestos. La presión fiscal en España es ocho puntos inferior a la media de la Eurozona y de la Unión Europea y está por debajo de países como Grecia, Polonia, Estonia, Portugal, Malta, República Checa, Chipre, Hungría, Eslovenia, y no digamos ya de Bélgica, Holanda, Italia, Austria, Francia, Alemania y vale más no citar a Suecia o a Dinamarca, de las que nos separan más de 15 puntos. ¿Se puede afirmar sin cierto escándalo que no se pueden pagar las pensiones y que hay que reducirlas? Todo es un problema de voluntad política y de cómo se quiera redistribuir la renta. Desde luego será difícil si lo que hace el Gobierno ante los primeros síntomas de crecimiento y de recuperación de la recaudación es bajar los impuestos..."

    ... (Juan Francisco Martin Seco: en 'Pensiones hacia la miseria', desde "República..." de ayer)

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